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Me divorcio. Me separo. ¿Me divorcio? ¿Me separo?

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Me divorcio. Me separo. ¿Me divorcio? ¿Me separo?

Durante las vacaciones estivales se fraguan la gran mayoría de los divorcios y separaciones del otoño e invierno. Las parejas constatan que su convivencia es imposible o salen  los problemas que arrastran durante tiempo.

Una vez tomada la decisión de la ruptura, surgen un montón de dudas y preguntas de tipo legal como: qué diferencia hay entre separase o divorciarse, qué pasará con los niños, quién se queda con la vivienda familiar, qué pensión de alimentos hay que pasarles, tengo derecho a una pensión compensatoria, etc.

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Es una decisión que por todas las implicaciones que tendrá en nuestra vida futura, y no me refiero solo a las personales, ha de tomarse con el conocimiento y asesoramiento legal adecuado.

Intentaré aclarar algunos de los conceptos básicos que puedan despejar las dudas iniciales.

¿Divorcio o separación?

El divorcio supone la ruptura total del vinculo matrimonial en todos los sentidos, es decir, el divorciado podrá volver a casarse si así lo desea.

Con el divorcio también se disuelve la sociedad de gananciales , si este era el régimen matrimonial que tenia la pareja, en cuyo caso habrá que proceder al reparto de todo lo que tenían en común. Si por el contrario la pareja estaba en régimen de separación de bienes, este capítulo no les afecta, aunque hay muchas parejas que teniendo separación de bienes son propietarios de un mismo bien, en cuyo caso seguirán siendo igual de propietarios que antes, con el problema añadido, en algunos casos,  de compartir una casa o un coche con alguien al que no pueden ni ver…

La Separación, por su parte, supone la ruptura de la convivencia matrimonial, pero no del vínculo, es decir, el matrimonio sigue existiendo y los separados no podrán casarse de nuevo hasta no divorciarse.


  


Respecto al tema económico, aquí el asunto se presenta un poco a la carta, pues hay parejas en régimen de gananciales que prefieren dejar las cosas como están, y otras que optan por la disolución del régimen de gananciales.

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Custodia y patria potestad de los hijos

Son conceptos diferentes, la Patria Potestad, por regla general, será compartida, y supone que los padres serán responsables conjuntamente de las decisiones que afectan a los hijos, y otra cosa diferente es la Custodia,  es decir, con quién van a vivir los niños, ¿con papá o con mamá?.

Si el divorcio o la separación es de mutuo acuerdo, está claro que será como la pareja decida y el Ministerio Fiscal entienda que  la decisión tomada es la adecuada a los intereses de los menores.

Pero si nos encontramos ante un divorcio o separación contenciosa, es decir, por las malas, la Custodia se determinará en juicio, y será el Juez quien decida que es lo más favorable para los intereses de los hijos, siempre teniéndose en cuenta la opinión del Ministerio Fiscal que, insisto, es la figura institucional que vela por los intereses de los hijos menores.

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La tendencia jurisprudencial en la actualidad es la de la custodia compartida, por lo que puede que esta sea una de las opciones que se habrá de tener en cuenta. Es un tema en debate y que igualmente se determinará en función de los intereses de los menores y no de los padres, o por lo menos así debería ser. Pero señoras, no den por sentado que la custodia la tienen automáticamente por ser las mamás de las criaturas.

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Pensión de alimentos y compensatoria

La pensión de alimentos se determinará teniendo en cuenta las necesidades de los menores y la situación económica de cada uno de los padres, por lo tanto, en este sentido no existen recetas sobre cuánto corresponderá por cada hijo, pues cada caso es un mundo. Aun así, si queremos tener una idea aproximada podemos acudir al siguiente enlace para hacer un primer cálculo , http://pensionesaa.poderjudicial.es/pensionesaa/. Sin embargo, advierto que en cada caso se tendrán en cuenta todos los factores y circunstancias que afecten a esa familia en concreto.

En cuanto a la pensión compensatoria, es aquella que le corresponde al cónyuge que con el divorcio o la separación sufre un perjuicio económico que se ha de compensar. También dependerá de las circunstancias de cada pareja , pero a día de hoy es difícil, aunque no imposible, conseguir una pensión compensatoria si eres una mujer en edad de trabajar. Y tampoco hay que pensar que la pensión compensatoria es para siempre; puede haber casos en los que se establezca una pensión compensatoria por un periodo determinado de tiempo, y después no haya derecho a ella.

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Vivienda familiar

Normalmente la vivienda se le asignará al cónyuge que asuma la custodia, aunque  en estos asuntos no hay nada totalmente definido.

Aunque resulte un poco triste reconocerlo, cuando una pareja decide separarse o divorciarse, desde un punto de vista legal, el asunto se reduce a dos temas, hijos y dinero. En cualquier caso, insisto en que una vez tomada la decisión de la ruptura es esencial contar con un buen asesoramiento legal para plantear el asunto de la forma más ventajosa, y si puede ser de mutuo acuerdo mucho mejor a que un tercero decida por nosotros, aunque cuando no queda más remedio, se necesita de un juez para que administre «Justicia”.

 

Maribel Luna

Abogada en Hostelex Consulting

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